La
Cofradía, como entidad religiosa con personalidad jurídica propia (al estar
inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, dependiente del Ministerio
de Justicia), conforma una organización interna que queda plasmada a través
de unos Estatutos o Reglas, donde se detallan y regulan sus propios fines,
los derechos y obligaciones de los hermanos, el régimen de funcionamiento
y el económico, los cultos y su organización, así como los aspectos relativos
a la estación de penitencia.
La
estructura interna de la Cofradía se articula sobre dos órganos colegiados:
el Cabildo General, como máximo órgano de gobierno de la hermandad, compuesto
por todos los hermanos con más de un año de antigüedad y mayores de dieciocho
años, y la Junta de Gobierno, como órgano que dirige y coordina la actividad
diaria de la misma en orden a la consecución de sus fines; compuesta, además
del Reverendo Director Espiritual, por el Hermano Mayor, un Teniente Hermano
Mayor, el Secretario, el Tesorero, un Fiscal, el Albacea y cinco vocales.
Fotos de Antonio Medina Texeira. 1997