La Cofradía, como entidad religiosa con personalidad jurídica propia (al estar inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, dependiente del Ministerio de Justicia), conforma una organización interna que queda plasmada a través de unos Estatutos o Reglas, donde se detallan y regulan sus propios fines, los derechos y obligaciones de los hermanos, el régimen de funcionamiento y el económico, los cultos y su organización, así como los aspectos relativos a la estación de penitencia.

La estructura interna de la Cofradía se articula sobre dos órganos colegiados: el Cabildo General, como máximo órgano de gobierno de la hermandad, compuesto por todos los hermanos con más de un año de antigüedad y mayores de dieciocho años, y la Junta de Gobierno, como órgano que dirige y coordina la actividad diaria de la misma en orden a la consecución de sus fines; compuesta, además del Reverendo Director Espiritual, por el Hermano Mayor, un Teniente Hermano Mayor, el Secretario, el Tesorero, un Fiscal, el Albacea y cinco vocales.

Fotos de Antonio Medina Texeira. 1997